ARRENDAMIENTO PURO

ARRENDAMIENTO

PURO

Uso o goce temporal de bienes de capital.

Está dirigido a Arrendatarios, empresas y PFEA, que deseen rentar un bien mueble o inmueble sin distraer mayores recursos.

BENEFICIOS

“Deducible fiscalmente el pago de la renta”

CRÉDITO

REQUISITOS

SOLICITANTE
  • Personas Físicas o Persona Física con Actividad Empresarial.
  • Personas mayores a 21 años y hasta 60 años.
  • Buen historial crediticio.
  • Documentación personal definida por el ejecutivo o promotor.
RESTRICCIONES
  • En equipo de transporte usado este no deberá exceder de 5 años de antigüedad.
PLAZO DE LA LINEA
  • Desde 1 año hasta 5 años.
COBERTURA
  • Estados donde exista sucursal FINAGIL, o bien que el solicitante se ubique en la Zona Centro del país.
PERIODICIDAD DEL PAGO DEL CRÉDITO
  • Mensual.